En su comunicado número 14/19, de fecha 08 de
mayo de 2019, el Tribunal Constitucional informó acerca de la decisión
adoptada con relación a la acción directa de inconstitucionalidad
interpuesta contra el párrafo III del artículo 45 de la Ley 33-18 de
Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
El artículo 45 de la indicada ley hace referencia al proceso para la
selección de candidatos a ser postulados a cargos de elección popular; y
al precisar el contenido del párrafo III, lo hace en los siguientes
términos:
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